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Más denuncias, menos pruebas: la radiografía estadística que cuestiona el boom de la violencia intrafamiliar

  • 26 ago
  • 6 min de lectura

Autor


Alita Quintero Villamizar *  


Resumen   


Desde la entrada en vigencia de la Ley 1959, que extendió el concepto de violencia intrafamiliar a excónyuges y exparejas con o sin hijos en común, las denuncias ante Policía Nacional y las noticias criminales ante la Fiscalía se incrementaron un 52,1% promedio anual. Sin embargo, los dictámenes por lesiones no fatales de Medicina Legal cayeron un 18,8% en el mismo periodo. Este artículo analiza las estadísticas publicadas por las tres fuentes oficiales y expone la brecha creciente entre el registro administrativo del delito y su verificación forense.  

Desarrollo del artículo   


La Ley 1959 de 2019, sancionada el 20 de julio de ese año, modificó el artículo 229 del Código Penal (Ley 599 de 2000) y los artículos 149, 284, 534 y 550 del Código de Procedimiento Penal (Ley 906 de 2004) con un propósito explícito: ampliar el alcance punitivo del delito de violencia intrafamiliar para cubrir hipótesis que la jurisprudencia de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia —en particular la sentencia con radicado 8064 de 2017— había excluido del tipo penal al exigir unidad familiar y cohabitación entre víctima y victimario. La reforma permitió judicializar como violencia intrafamiliar las agresiones entre excónyuges, excompañeros permanentes con o sin hijos en común, y personas vinculadas por relaciones extramatrimoniales con vocación de estabilidad, con independencia de que convivieran bajo el mismo techo.  


El presente análisis cruza las series estadísticas de tres fuentes oficiales que capturan momentos distintos de la ruta de acceso a la justicia penal: la Policía Nacional (registros de denuncia, fuente: datos.gov.co), la Fiscalía General de la Nación (noticias criminales ingresadas al Sistema Penal Oral Acusatorio, fuente: Corporación Excelencia en la Justicia) y el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses (dictámenes por lesiones no fatales en contexto de violencia intrafamiliar, fuente: boletines estadísticos mensuales). Se aclara que no toda denuncia policial genera noticia criminal, ni toda noticia criminal desemboca en dictamen forense; los dictámenes de Medicina Legal corresponden exclusivamente a lesiones no fatales y excluyen los informes de psicología forense. Las tres bases capturan universos parcialmente superpuestos, pero no idénticos, lo que convierte su lectura comparada en un instrumento analítico de primer orden para identificar distorsiones sistémicas. 


El quiebre de 2019: lo que dicen los datos 


El año 2019, primero en el que la Ley 1959 despliega plenamente sus efectos, muestra un salto simultáneo en las dos fuentes de registro administrativo-judicial: la Policía Nacional pasó de 99.914 casos en 2018 a 116.523 en 2019 (+16,6%, equivalente a 16.609 casos adicionales), mientras la Fiscalía saltó de 92.131 a 112.772 noticias criminales (+22,4%, 20.641 adicionales), lo que representa el incremento más alto de toda la serie histórica, producido el mismo año de entrada en vigencia de la Ley. 


En dirección contraria, Medicina Legal registró en 2019 una caída de 5,4% de dictámenes forenses con respecto a 2018 (de 77.457 bajó a 73.309 dictámenes). Con ello inauguró una tendencia descendente que, con la excepción parcial de la recuperación post-pandemia entre 2021 y 2023, se profundiza hasta 2025. 

 

Gráfica 1. Evolución anual de casos por fuente (2013–2025). Línea punteada: entrada en vigencia de la Ley 1959 de 2019. 

 


Fuente: Elaboración propia 


La brecha que se abre: aumentan denuncias, disminuyen las verificaciones forenses 


Al comparar los promedios anuales del periodo previo a la Ley 1959 (años 2013-2018) con los del periodo posterior (2019-2025), la Policía Nacional pasó de 75.800 a 124.231 casos anuales (+63,9%); la Fiscalía, de 95.061 a 135.656 (+42,7%). Medicina Legal, en cambio, cayó de 73.754 a 59.891 dictámenes anuales (−18,8%). Esto evidencia que las denuncias y noticias criminales crecieron masivamente mientras que la verificación médico-forense se contrajo. El indicador más elocuente de esta relación indirectamente proporcional la brecha que se inaugura a partir de la entrada en vigencia de la Ley 1959 entre los datos de Fiscalía y Medicina Legal.


En el período 2013-2018 existía una correlación entre ambas estadísticas: no eran idénticas, pero desarrollaban en forma paralela. Sin embargo, los indicadores se bifurcan progresivamente con la entrada en vigencia de la ley. Lo que se traduce como un disparo en el índice de denuncias y disminución en la verificación forense. En 2018, Medicina Legal captaba el 84,1% del volumen de la Fiscalía. Para 2025, esa proporción se desplomó al 35,7%. De cada cien noticias criminales por violencia intrafamiliar que ingresaron a la Fiscalía en 2025, solo treinta y seis contaron con dictamen forense de lesiones no fatales. En términos absolutos, la brecha pasó de 14.674 casos en 2018 a 105.570 en 2025: más de 100.000 noticias criminales sin respaldo médico-legal de lesiones físicas. 


Gráfica 2. Proporción de noticias criminales de Fiscalía con dictamen de Medicina Legal (%). El color rojo señala los años en que la proporción cae por debajo del 50%. 


 

Fuente: Elaboración propia 

 

Gráfica 3. Brecha absoluta: noticias criminales sin dictamen forense de lesiones no fatales. Naranja: periodo post-Ley 1959. 


 

Fuente: Elaboración propia 


¿Qué explica la divergencia? 


Una hipótesis preliminar, aplicando un razonamiento ceteris paribus, es que la ampliación del concepto de familia operada por la Ley 1959 permitió la judicialización como violencia intrafamiliar de un universo de conflictos entre exparejas y relaciones ocasionales que antes se tramitaban como lesiones personales o que, por no reunir el elemento de unidad familiar exigido jurisprudencialmente, ni siquiera ingresaban al sistema penal. Al desaparecer el requisito de cohabitación, cualquier agresión entre personas con un vínculo afectivo presente o pasado quedó subsumida en el tipo penal de violencia intrafamiliar –artículo 229 del Código Penal–, independientemente de la existencia de un bien jurídico familiar efectivamente lesionado.  


Este fenómeno se vería agravado por la confluencia de motivaciones extrajurídicas que el nuevo marco facilitó. Un porcentaje indeterminado, pero creciente de denuncias, podría obedecer a estrategias extorsivas, de retaliación, venganza o por el control sobre los hijos menores y de búsqueda de ventaja procesal en litigios civiles paralelos –divorcio, liquidación de sociedad conyugal, custodia, régimen de visitas y alimentos, etc. Tales denuncias ingresan como noticias criminales —inflando las estadísticas de Policía y Fiscalía—, pero no generan dictamen médico-legal porque no existe lesión física que valorar.  


Conclusiones 


Los datos de las tres fuentes, leídos conjuntamente, revelan que la Ley 1959 de 2019 produjo un efecto estadístico inequívoco: un incremento masivo de denuncias y noticias criminales (+52,1% promedio anual combinado) sin correlato proporcional en la verificación forense, que se contrajo 18,8% en el mismo periodo. Este hallazgo no permite concluir que la violencia intrafamiliar haya disminuido —las cifras de Medicina Legal pueden estar afectadas por factores de acceso y saturación institucional—, pero sí obliga a cuestionar la narrativa según la cual el crecimiento de las denuncias refleja, sin matices, un agravamiento proporcional del fenómeno. 


Lo que los datos sugieren con mayor fuerza es que la ampliación del tipo penal ensanchó la puerta de entrada al sistema, permitiendo que conflictos interpersonales de diversa naturaleza —no todos constitutivos de violencia intrafamiliar en sentido estricto— sean judicializados bajo esa calificación jurídica, con las consecuencias procesales, cautelares y reputacionales que ello implica para el denunciado. La brecha entre denuncia y verificación forense, que pasó de 14.674 a 105.570 casos entre 2018 y 2025, constituye un dato de política criminal que merece atención urgente: no como argumento para deslegitimar la protección a las víctimas, sino como evidencia empírica de que un instrumento penal sobredimensionado puede generar efectos contrarios a los deseados, colapsando la capacidad del sistema y diluyendo la respuesta estatal frente a los casos que verdaderamente la requieren. 


Referencias


Policía Nacional de Colombia — Reporte Delito Violencia Intrafamiliar. DIJIN, datos extraídos el 15 de abril de 2025. Datos abiertos: 


Fiscalía General de la Nación — Entrada de noticias criminales al Sistema Penal Oral Acusatorio. Fuente: Corporación Excelencia en la Justicia: 


Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses — Boletines estadísticos mensuales. Dictámenes por lesiones de causa externa (lesiones no fatales): 


Referencia académica de contexto


Vega Ramos, Andrés Felipe, "Ley 1959 de 20 de julio de 2019. Por medio de la cual se modifican y adicionan artículos de la Ley 599 de 2000 y la Ley 906 de 2004 en relación con el delito de violencia intrafamiliar", Nuevo Foro Penal, 94, (2020), pp. 195-202. Universidad EAFIT, Medellín. 


Nota: las cifras de fuentes oficiales pueden estar sujetas a actualización posterior por parte de las entidades reportantes. Los dictámenes de Medicina Legal corresponden exclusivamente a valoraciones por lesiones no fatales en violencia intrafamiliar y no incluyen los informes de psicología forense. 


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